Impuesto a la plusvalía: ¿en qué consiste?

Qué es el impuesto a la plusvalía

Al momento de hacer alguna transacción con un terreno, ya sea comprar, vender, donar o dar en herencia, se deben considerar diferentes factores, entre ellos el impuesto a la plusvalía. 

El impuesto a la plusvalía también se conoce como Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Consiste en un tributo que es regulado para determinar el valor de los terrenos urbanos.

¿Qué es el impuesto a la plusvalía?

El impuesto a la plusvalía permite gravar la revalorización de un suelo urbano sobre el que está edificado un inmueble, existiendo una diferencia en el momento de la compra y la fecha de la venta.

Esta norma es estatal y es dependiente del Ministerio de Hacienda. Se trata de un tributo que es gestionado y se recauda a través de los ayuntamientos, también mediante las diputaciones provinciales.

¿Cómo se determina el pago?

Existen tres tipos de transmisión. Así, si se produce una compraventa, el vendedor debe pagar el impuesto, ya que es quien ha sido objeto de la plusvalía.

En el caso de donaciones, quien recibe el inmueble debe hacerse cargo del pago. Y si se trata de una herencia, el receptor es quien debe hacer el abono.

¿Por qué es importante este impuesto?

Representa un considerable beneficio de financiación municipal para los ayuntamientos de España. De hecho, corresponde al segundo tributo de relevancia, seguido del Impuesto de Bienes Inmuebles. 

Según un informe elaborado por REAF, este tributo representa el 27% de los ingresos de Madrid y un aproximado del 20% en Barcelona.

Nueva regulación

Anteriormente, la base imponible era calculada en función al valor catastral del terreno. Luego, se aplicaban coeficientes para cambiar el número de años transcurridos entre la compra y la venta del inmueble. 

La nueva regulación incluye un método de cálculo objetivo con modificaciones en los coeficientes. Sustituyendo los porcentajes anuales que se usaban anteriormente por unos máximos fijados según cada año transcurrido desde la adquisición del inmueble. 

Las fluctuaciones del mercado se considerarán y serán actualizadas cada año. También se incluyó un sistema para determinar la base imponible. Considerando la plusvalía real del contribuyente obtenida con la transmisión y que se calcula al restar el precio de venta del inmueble con el de adquisición. 

En esta normativa, los ciudadanos tendrán la libertad de elegir la opción más ventajosa y solicitar comprobaciones de cálculo a los ayuntamientos. Además, no se gravarán las operaciones que representen una pérdida para el contribuyente.

Coeficientes

Los coeficientes serán aprobados por los ayuntamientos y no  podrán superar el 0.14 en transmisiones inferiores al año. De igual forma, no podrán exceder el 0,45; esto aplica para transacciones con data de 20 años o más. 

Un aproximado de los coeficientes mínimos  es del 0.8 para propiedades de entre 10 y 13 años.

En cuanto a los coeficientes máximos, estos son establecidos por la hacienda y son topes regulables por los municipios. Se someterán a revisiones anuales para que vayan en función al mercado

Base imponible

Para calcular la base imponible se deberá multiplicar el valor catastral del suelo. Aplica para el momento de la transmisión los coeficientes fijados y no deberán ser mayores a los topes estadales.

El propietario del inmueble podrá calcular el valor de los terrenos sobre los que está construida la vivienda. Y es sobre la revalorización del suelo que se determinará el impuesto. Este valor se obtiene al restar el precio de compra y el del traspaso, lo restante se aplica a la proporción del terreno sobre el cual está el activo.

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